¿Es legal que las empresas obliguen a los trabajadores a usar una app para controlar su jornada?

Imagen de archivo de un teléfono móvil.
Imagen de archivo de un teléfono móvil.
EUROPA PRESS
Imagen de archivo de un teléfono móvil.

El pasado 12 de mayo entró en vigor el registro obligatorio de la jornada. Ha pasado casi una semana y las dudas siguen presentes en el ámbito laboral, tanto por parte de la empresas como por parte de los trabajadores.

Tanto es así que el Ministerio de Trabajo ha dado un margen para que las compañías decidan cómo llevar a cabo este registro. ¿Fichando? ¿Con un programa que se instale en el ordenador? ¿O quizás mediante una app para el móvil?

Aprovechando el caos, y ante lo que parece una de las soluciones más fáciles, se han desarrollado en las últimas semanas decenas de aplicaciones. Y aquí es donde llega otra gran duda: ¿es legal o ilegal?

La respuesta es clara, según explica Nunila Mora, abogada laboralista, a 20minutos: "Es legal si la aplicación se instala en un dispositivo de empresa e ilegal, si el trabajador se niega a ello, en un dispositivo de carácter personal".

¿Qué dice la norma?

La norma no establece una modalidad específica o predeterminada para el registro diario de la jornada, limitándose a señalar que se debe llevar a cabo día a día e incluir el momento de inicio y finalización de la jornada.

Según la guía publicada por el Gobierno, "será válido cualquier sistema o medio, en soporte papel o telemático, apto para cumplir el objetivo legal, esto es, proporcionar información fiable, inmodificable y no manipulable a posteriori, ya sea por el empresario o por el propio trabajador".

Sin embargo, aquí entra la legalidad y el derecho del trabajador. "Si el trabajador se niega, la empresa no puede obligarle a instalarse una aplicación en su teléfono personal", explica Nunila Mora. "La empresa solo puede exigirlo si le da el medio", añade.

"La empresa tiene que asegurar al trabajador la ajenidad en los medios. Si no tuviesen esa ajenidad serían trabajadores por cuenta propia", detalla al respecto esta abogada. "Pongo un ejemplo, si un trabajador necesita obligatoriamente un ordenador para ver su nómina, la empresa está obligada a proporcionarle uno para que pueda acceder a ella", relata.

El problema del BYOD

El problema viene cuando la empresa emplea el llamado BYOD (Bring Your Own Device, en inglés, o Trae Tu Propio dispositivo, en español). Se trata de un modelo en el que los empleados usan sus dispositivos personales para un fin profesional o mixto.

Es un sistema comúnmente utilizado en EE UU, pero menos frecuente en España, aunque ya ha causado varios litigios en ambos países, dando ganadores del juicio a los trabajadores si la empresa no compensaba por obligar a hacer uso de dispositivos personales.

En el caso de España, por ejemplo, hay una sentencia pionera de la Audiencia Nacional que rechazó que Telepizza pudiera obligar a sus repartidores a instalar en su móvil personal un sistema GPS para utilizarlo durante su jornada de trabajo. No es del todo lo mismo, pero va en la misma línea que obligar a los trabajadores a instalar en sus móviles una aplicación para controlar su jornada laboral.

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